AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2019-CA

Fecha: 14-May-2019

II.3.  Análisis del caso concreto

De una revisión de antecedentes se tiene que, en el caso concreto no se advierte un conflicto de competencias propiamente entre la Jurisdicción Agroambiental ejercida por la Jueza Agroambiental del departamento de La Paz y la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina, representada en las autoridades de la “Federación Sindical Única de Trabajadores Indígena Originaria y Campesinos” de la comunidad Cebollullo, Central Agraria Tahuapalca Kapi, sector Illimani, municipio Palca, provincia Murillo del citado departamento, respecto al conflicto sobre derecho propietario de tierras de la familia Gutiérrez Colque; por el contrario, la autoridad jurisdiccional agroambiental que conoció la demanda de nulidad de documentos planteada por Leandro Gutiérrez Colque contra Sofía Gutiérrez Mamani y Susana Gutiérrez de Venegas, ante la excepción de cosa juzgada planteada por éstas últimas (fs. 106 y vta.), mediante Resolución 58/2019 de 8 de abril (fs. 110 vta. a 112), declaró probada la misma, además de declararse incompetente para el conocimiento de la causa.