AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2019-CA
Fecha: 27-May-2019
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 24 de abril de 2019, cursante de fs. 23 a 24, los accionantes manifiestan que, dentro de la demanda de pago de beneficios sociales fueron declarados rebeldes y contumaces a la ley; por lo que, a efectos de asumir defensa dentro de dicho proceso debían observar el art. 144 del Código Procesal del Trabajo, que resulta ser lo exigido por el artículo ahora cuestionado; es decir, el pago de una multa que asciende a la suma de Bs1 556.- (mil quinientos cincuenta y seis), que resulta ser aplicación del art. 5 num. 5.8 del Reglamento de Multas Procesales, monto que resulta ser excesivamente oneroso, debido a que su salario es equivalente al salario mínimo nacional, correspondiendo la mencionada multa a más del 75% del mismo.
Agrega que, esa sanción pecuniaria viola el art. 180.I de la CPE, que prevé el principio de gratuidad, el cual supone que la administración de la justicia no debe ser onerosa, debiendo cualquier persona poder acceder a la misma a objeto de ejercer sus derechos; empero, para asumir defensa debe pagar la multa onerosa y además inconstitucional.
- Jueza de
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo
- en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- La
- es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR