Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2019-CA
Fecha: 27-May-2019
rechazó
Por Resolución 056/2019 de 3 de mayo, cursante de fs. 27 a 28 vta., la Jueza de Partido, del Trabajo y Seguridad Social y Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segunda del departamento de Oruro rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, indicando que la parte accionante si bien señaló la norma que considera inconstitucional, no obstante omitió efectuar los motivos de inconstitucionalidad necesarios que puedan generar duda razonable que justifique promover esta acción normativa, incumpliendo así con el art. 24.I.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo).
- Jueza de
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo
- en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- La
- es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR