SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante ratificó la extensa acción planteada, y reiteró que prescinde del principio de subsidiariedad; toda vez que, mediante medidas de hecho con violencia, fue avasallada su propiedad y desalojado por el demandado y otros personas que desconoce, bajo el amparo de un supuesto derecho posesorio; caso en el que, debían acudir a la vía jurisdiccional respectiva; habiéndole causado un daño irreparable, siendo esta la única vía para poder recuperar la posesión de su terreno cuya propiedad la tiene acreditada por los documentos adjuntados a la presente acción de amparo constitucional; reiterando, se conceda la tutela impetrada, otorgando un plazo para el retiro del demandado y las otras personas, bajo advertencia de librar el mandamiento de desapoderamiento.