Sentencia Constitucional Plurinacional 0317/2019.S1 de 28 de mayo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0317/2019.S1 de 28 de mayo

Fecha: 28-May-2019

emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación

Ahora bien, siendo la acción de amparo constitucional el mecanismo idóneo y eficaz para el restablecimiento de los derechos al trabajo y estabilidad laboral cuando se trata del incumplimiento de conminatorias de reincorporación laboral, prescindiendo del principio de subsidiariedad, conforme lo establece la normativa desarrollada en el Fundamento Jurídico precedente; empero, la protección que brinda este medio de defensa es provisional entre tanto se resuelva o defina en la vía legal correspondiente  la relación laboral. Así, la SCP 0177/2012, sostuvo:  ‘…1)  En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas’ (lo resaltado fue añadido); es decir, en aquellos que correspondan o resulte pertinente, entiéndase esta como una decisión enmarcada en la razonabilidad que comprende la observancia de la normativa aplicable a cada caso y las particularidades que hagan al caso en concreto.