VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0232/2019-S2
Fecha: 15-May-2019
Fragmento 2
La suscrita Magistrada, manifiesta su disidencia con la parte dispositiva de la SCP 0232/2019-S2 de 15 de mayo, que confirma la Resolución 276/2018 de 19 de octubre, pronunciada por el Juez de garantías; y en consecuencia: deniega la tutela impetrada; toda vez que, no tomó en cuenta, lo establecido en la SCP 2221/2012 de 8 de noviembre reiterada por la SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero, que exige que toda resolución debe someterse a la Constitución Política del Estado y al bloque de constitucionalidad; y, convencer a las partes que no es arbitraria, que observa el valor justicia y los principios de interdicción de la arbitrariedad, razonabilidad y congruencia; lo cual, no aconteció en las Resoluciones 02/2018 de 2 de octubre ni 05/2018 de 3 de igual mes, ahora cuestionada por los accionantes, tal cual se analizará en este Voto Disidente.
- Partes:
- Fragmento 2
- REVOCAR en parte
- a)
- 1)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- II.2. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- En ese entendido, la SCP 0232/2019-S2, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- i)
- ii)
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)