VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0296/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0296/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

tutela provisional

En consecuencia, el demandado debió dar cumplimiento inmediato a esta determinación, lo que no ocurrió en el presente caso, pues no obstante haberse procedido con esta diligencia, la empresa actuó de manera renuente al cumplimiento de dicha conminatoria, conforme consta del acta de verificación y notoriedad elaborada por la Notaria de Fe Pública 16 del Distrito Judicial de Cochabamba; situación que viabiliza la otorgación de tutela provisional a la accionante en el marco de las subreglas desarrolladas en el Fundamento Jurídico III.1 del presente Voto Disidente, al constatarse el incumplimiento de la conminatoria por vulneración de sus derechos al trabajo y estabilidad laboral, que fue lesionado a consecuencia de la destitución injustificada del solicitante de tutela, lo que incide además en la vulneración de sus derechos al salario digno y seguridad social, que si bien no fueron identificados como vulnerados; sin embargo, este Tribunal se encuentra plenamente facultado para precisarlo, en mérito al principio general del iura novit curia, citado en la                    SCP 996/2017-S2 de 25 de septiembre, y en virtud a la interdependencia de los derechos fundamentales, característica prevista en el                  art. 13.I de la CPE.

Cabe aclarar que, el representante legal de la Empresa Municipal de Aseo -EMSA- -ahora demandado-, si considera que la Conminatoria de Reincorporación MTEPS/JDTCBBA/ 087 de 2 de octubre, no se ajusta a derecho, tiene los medios expeditos para impugnarla, con independencia de la concesión de tutela provisional en la presente acción tutelar.

Finalmente, se hace extensiva la tutela sobre el pago de los sueldos devengados y otros beneficios sociales que la ley establece, de acuerdo a la subregla desarrollada en el Fundamento Jurídico II.1 de este Voto Disidente; toda vez que, la concesión de la tutela supone la adopción de medidas de reparación como la indemnización, en concreto tratándose del incumplimiento de la conminatoria de reincorporación, la cancelación de los sueldos devengados desde la desvinculación ilegal constatada por la autoridad de trabajo y demás beneficios sociales que le correspondan al trabajador.