AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019-ECA

Fecha: 14-Jun-2019

a)

Por memorial presentado el 4 de enero de 2018, cursante de fs. 71 a 72 vta., subsanado a través de memorial de 18 de mayo de igual año, cursante a fs. 88 y vta., el accionante a través de sus representantes legales, solicitó aclaración, enmienda y complementación de la SCP 1233/2017-S1, solicitando que se aclare lo siguiente: a) Los motivos por los cuáles se cambió o modificó la línea jurisprudencial a favor del SIN, siendo que, la Administración Tributaria pidió la vinculatoriedad de su aplicación conforme el art. 15.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), que establece: “…las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional constituyen jurisprudencia y tienen carácter vinculante para los Órganos del poder público, legisladores, autoridades, tribunales y particulares”; y, b) La omisión de considerar los fundamentos expuestos en el memorial de 24 de abril de 2017, que aclaró de manera puntual los hechos y derechos vulnerados por  la Sentencia 100/2016 de 30 de marzo, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, entre ellos los derechos a la defensa y la tutela judicial efectiva; los principios de igualdad, legalidad, seguridad jurídica e imparcialidad; asimismo, se advierte que, la parte accionante se limitó a señalarlos sin precisar de qué manera se habrían lesionado aquellos.