Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2019-CA
Fecha: 23-Jul-2019
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 10 de julio de 2019, cursante de fs. 35 a 37 vta., los recurrentes señalan que fueron notificados con las RRAA 01/2019 y 03/2019, el 13 de enero y 1 de marzo de ese año, respectivamente, las cuales fueron emitidas por Marcelo Arroyo Jiménez en su calidad de Secretario Municipal para el Desarrollo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, quien usurpó funciones exclusivas de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la señalada entidad, al carecer de legitimidad para actuar a nombre de este último, atribuyéndose la facultad de conocer y resolver recursos jerárquicos, cuando esta es exclusiva del Alcalde Municipal.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- II.2. El debido proceso y el juez natural
- unificar al juez natural y su tutela a través de la acción de amparo constitucional de forma que en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural
- a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso…
- Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia
- II.3. Análisis del caso concreto