AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2019-RCA
Fecha: 23-Jul-2019
I.5. Síntesis de la impugnación
Alega que cumplió con lo exigido por el Auto 92/19 de 22 de mayo de 2019, sin que se hubiere solicitado subsanar el aspecto relativo al principio de subsidiariedad y/o demostrar el riesgo de daño grave e irreparable, aclarando que en la acción de amparo constitucional se fundamentó sobre la inexistencia de un recurso administrativo para impugnar el plazo en el Procedimiento de Registro en Línea al SICOES de la Resolución de Contrato de Obra 03/2016 y la pertinencia de interposición de esta acción tutelar, haciendo una abstracción del principio de subsidiariedad; aclarando respecto al daño grave e irreparable que este debió dilucidarse en la audiencia pública conforme refiere el art. 36.5 del CPCo, por lo que de existir esta causal, correspondería declarar la improcedencia de esta acción de defensa conforme dispone el art. 53.3 del referido Código (fs. 56 a 58 vta.).