AUTO CONSTITUCIONAL 0218/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0218/2019-RCA

Fecha: 31-Jul-2019

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memorial presentado el 4 de julio de 2019, cursante de fs. 8 a 9 vta., la accionante manifiesta que cumpliendo con todos los requisitos estipulados se postuló a la “Convocatoria Pública a Concurso de Méritos y Examen de Competencia para la Titularización Docente de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la UMSS” para la asignatura de Bioquímica Veterinaria I, pero fue sorprendida por la decisión de la Comisión Calificadora de esa Facultad, al inhabilitar su postulación por supuestamente no contar con el certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) a pesar de haber adjuntado el mismo.

Refiere que de acuerdo al cronograma de dicha Convocatoria el resultado de habilitaciones e inhabilitaciones debía realizarse hasta el 25 de junio de 2019 y la impugnación solo podría efectuarse el 26 del citado mes y año, pero el resultado del concurso de méritos fue publicado recién el mismo día, por lo que mediante escrito presentado en la indicada fecha ante la Secretaría del Decano de la referida Facultad, impugnó su inhabilitación, considerando que dicha observación realizada por la comisión calificadora respecto al REJAP sería falsa y si la misma fuese por la declaratoria de rebeldía que se encuentra plasmada en la mencionada certificación, ello no constituye impedimento alguno para poder continuar dentro del proceso de concurso de méritos; ya que, los antecedentes son por una declaración de rebeldía y no así una sentencia ejecutoriada.

Señala que, la impugnación que presentó no fue respondida hasta “la fecha” y el proceso de titularización docente continúa y se estaría efectuando, situación que la deja en absoluto estado de indefensión, pues se la excluye sin haber contestado la misma. Por otra parte, al no existir ninguna otra instancia a la cual acudir para hacer prevalecer sus derechos y por constituirse en una acción de hecho sin fundamento legal para la vulneración de sus derechos y puesto que, por la naturaleza del hecho le resulta imposible acudir a otra vía legal; siendo que, la demora en la solución le ocasionaría un daño irreparable en sus derechos.