AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2019-RCA
Fecha: 31-Jul-2019
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 18 de junio de 2019, cursante de fs. 162 a 167., el accionante manifiesta que, el 12 de julio de 2016, cumplía servicios de seguridad en el Banco Mercantil Santa Cruz Sociedad Anónima (S.A.), al salir de su trabajo se percató de un choque entre dos vehículos, a quienes les dio recomendaciones de acudir a tránsito para solucionar el problema y posteriormente al retirarse fue interceptado por el “Coronel”, quien le preguntó si habría emitido alguna boleta de infracción o como arregló el problema, al respecto indicó que no había entregado boleta alguna y menos realizó ningún cobro; empero, fue trasladado a la “Regional de El Alto” del departamento de La Paz, aperturándose en su contra un proceso administrativo con base en suposiciones.
Agrega que, se emitió a su favor la Resolución Administrativa (RA) 214/2016 de 20 de julio; sin embargo, la misma fue revocada por Resolución 009/2017 de 4 de enero, que ordenó se emita un nuevo fallo; en consecuencia, se dictó la RA 113/2017 de 11 de agosto, la cual fue confirmada en apelación por la RA 269/2017 de 13 de noviembre, violando de esa forma sus derechos constitucionales, pues fue juzgado sin tener ninguna prueba objetiva, disponiendo su baja definitiva de la Institución Policial sin derecho a reincorporación.