AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019-ECA

Fecha: 31-Jul-2019

Fragmento 5

En ese contexto, del análisis del memorial de aclaración, enmienda y complementación, se tiene que el impetrante de tutela solicitó que se le aclare, enmiende o complemente cómo es que la SCP 0165/2019-S3 de 16 de abril, le fue notificada el 22 de julio de 2019, suscrita por Orlando Ceballos Acuña que renunció al cargo de Magistrado el 2 de mayo de 2019; en tal sentido, de la normativa constitucional citada en el Fundamento Jurídico II.1 del presente fallo constitucional, se tiene que, a través del medio de impugnación citado, solo es posible aclarar la existencia de conceptos ambiguos y obscuros; sin embargo, de la lectura del escrito presentado, se advierte que la parte accionante, no señaló qué concepto resulta ser obscuro o ambiguo y que precise ser aclarado, limitándose a afirmar que: “…se adjunta recorte de prensa al respecto…” (sic); consiguientemente, no es posible realizar aclaración alguna en cuanto al argumento descrito en el inciso a) del apartado I.1 del presente Auto Constitucional Plurinacional.