SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Resolución 379 de 15 de agosto de 2017, pronunciada dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de falsificación y aplicación indebida de marcas y contraseñas, a denuncia de Evelin Roxana Magne Alejandro en representación de Saúl Avalos Cortez, la autoridad demandada declaró probada la excepción de prejudicialidad y, respecto a la solicitud de cancelación de medidas cautelares, dispuso que el denunciante “esté a lo resuelto”.

A través del Auto de Vista 164 de 6 de noviembre del mismo año, se declararon inadmisibles e improcedentes los recursos de apelación incidental interpuestos contra la Resolución 379 de 15 de agosto de 2017, razón por la que solicitó nuevamente la cancelación de medidas cautelares, con la cual se corrió en “traslado” correspondiente por decreto de 13 de abril de 2018 y una vez que se produjo la contestación de la parte contraria, se tuvo presente por la autoridad jurisdiccional mediante decreto de 3 de mayo de 2018.

Formuló recurso de reposición contra el citado decreto que fue rechazado por Auto 181 de 15 de mayo de 2018, con el fundamento de que el proceso no concluyó, sino que se paralizó hasta que sea resuelto en la vía extra penal; decisión que una vez apelada en la vía incidental, fue decretada el 11 de junio de igual año, disponiendo que “esté a procedimiento”, obviando promover el recurso ante el superior en grado.