SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
a)
Helen Arias Salinas, Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y SLIM del Gobierno Autónomo Municipal de Tarata del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito de 29 de enero de 2019, cursante de fs. 39 a 42, sostuvo en su defensa lo que a continuación se detalla: a) Las citaciones emitidas el 21 y 24 de enero del señalado año, fueron efectuadas conforme a las atribuciones conferidas en el art. 88 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA) –Ley 548 de 17 de julio de 2014–, teniendo como origen la denuncia realizada por Renán Gustavo Saavedra Hinojosa el 16 de enero del citado año, por agresiones físicas propinadas en su contra por parte de su hija AA de quince años de edad y su madre Gueysa Griselda Herrera Orozco; b) La parte denunciada no asistió a las citaciones efectuadas; c) No es evidente que en condición de Responsable de la mencionada Defensoría, hubiera amenazado a la ahora accionante con arrestarla, como fue señalado en el memorial de acción de libertad; d) El 28 de enero de igual año, aproximadamente a las 9:00 a 9:15, René Gustavo Saavedra Hinojosa ingresó a su fuente laboral y le solicitó puedan hablar directamente con la denunciada, ya que la misma se encontraba en dependencias del Ministerio Público; en tal sentido, una vez en presencia de la ahora impetrante de tutela, se le solicitó respetuosamente que pudieran conversar sobre la denuncia en su contra, así como la valoración psicológica a su hija, ya que ante las dos citaciones realizadas a la impetrante de tutela, para que se apersone, no se había hecho presente, teniendo como respuesta que iría enseguida; sin embargo, la entonces denunciada, hizo caso omiso a tal requerimiento pues se había retirado del lugar sin dar lugar a ningún tipo de explicación; y, e) Lo referido precedentemente fue presenciado por la abogada Yhesica Mamani Albarado que se encontraba en dependencias de la Fiscalía de Tarata y por Nelson Zurita Salinas, pasante de la misma repartición.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- persecuciones
- solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad’
- Acto u omisión que implique persecución indebida”
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR