SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

I.1.1.

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a querella de Mario Vélez Daza, por la supuesta comisión del delito de estafa, formularon recurso de apelación restringida contra la Sentencia 15/2016 de 1 de junio, proceso radicado en la Sala Penal Primera del Tribunal de Departamental de Justicia de Cochabamba; posteriormente, el 23 de octubre de 2017 plantearon incidente de excepción de extinción de la acción penal por prescripción; argumentando que el 21 de septiembre de “2013” vendieron a Jenny Teresa Rico de Vélez un departamento ubicado en el séptimo piso del edificio Ribadavia, los parqueos 1 y dos más y la baulera ocho, transcurriendo desde esa fecha más de cinco años y siete meses, operando la prescripción según el art. 29 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP); incidente que fue declarado improbado mediante Auto de Vista de 8 de noviembre de 2017, con el argumento que no aportaron prueba que corrobore que no se habría suspendido la prescripción por alguna declaratoria de rebeldía.

Así, por memorial de 18 de abril de 2018 -presentado el 20 de dicho mes y año-, plantearon nuevamente incidente de extinción de la acción penal por prescripción, adjuntando todo el expediente en fotocopias legalizadas con el fundamento que transcurrieron más de seis años y dos meses, acreditando que nunca fueron declarados rebeldes, además de acompañar los certificados del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP); sin embargo, los Vocales demandados, mediante Auto de 4 de junio de 2018, sin entrar en mayores consideraciones resolvieron que el incidente ya fue motivo de valoración y consideración en el Auto de Vista de 8 de noviembre de 2017, sin valorar la prueba presentada.