SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
Fragmento 13
Conforme se manifestó en el memorial de interposición de la presente acción de amparo constitucional y los antecedentes que cursan en obrados, se advierte que la empresa accionada incumplió la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDT-CH 022/2018, al haber dispuesto el despido del ahora accionante, pretendiendo hacerle firmar un documento relacionado con el pago de sus beneficios sociales, aspecto que fue rechazado por el trabajador, al considerar la decisión unilateral por parte de la empresa, como un despido indirecto; en el entendido que la mencionada Conminatoria ordenó expresamente su restitución al mismo cargo que ocupaba como dosificador en la empresa ISSA CONCRETEC, que ocupaba al momento de su desvinculación. Y de conformidad al Acta de Verificación Notarial emitido por el Notario de Fe Pública 1 de Sucre, consignado en Conclusiones II.3 del presente fallo constitucional, se evidencia que la empresa demandada, no cumplió a cabalidad con el imperativo de la Conminatoria de Reincorporación Laboral, en su condición de empleadora del accionante, ignorando la obligatoriedad y el carácter vinculante de la misma.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR