SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2019-S1
Fecha: 16-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de amenaza y robo agravado, previstos y sancionados por los arts. 292 y 332 del Código Penal (CP) se encuentra con detención preventiva en la Carceleta Corazón de Jesús de Tupiza del departamento de Potosí; por lo que, presentó solicitud de salida alternativa por conciliación y señalamiento de audiencia a la autoridad fiscal demandada, a los fines de homologación del acuerdo transaccional que reparó el supuesto daño ocasionado, petición que no obtuvo pronunciamiento. Frente a dicha circunstancia, por memorial presentado el 7 de febrero de 2019, impetró control jurisdiccional a la Jueza ahora demandada, sobre la omisión de la representante fiscal; empero, la misma no respondió al informe requerido en control jurisdiccional. Finalmente, por escrito presentado el 12 de igual mes y año, reiteró su pedido ante la autoridad judicial a cargo del proceso penal, sin que a la fecha -se entiende a la interposición de la presente acción de defensa- tampoco se haya pronunciado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.1.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- REVOCAR