Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2019-S2
Fecha: 22-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde el 2016 está siendo procesado penalmente por hechos ocurridos hace veinte años, sin que la fiscalía haya demostrado que formó parte de un grupo de consultores que incumplió con el contrato de consultoría, por un monto que no sobrepasa los Bs10.000.- (diez mil bolivianos); aspecto que no se tomó en cuenta respecto de la aplicación proporcional de las medidas cautelares reales, donde la comisión de fiscales el 17 de octubre de 2018, reconoce la desproporción de todos sus bienes anotados, solicitando el levantamiento correspondiente a la Jueza demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. La presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados por el accionante
- i)
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 2°
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho