Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0599/2019-S2
Fecha: 24-Jul-2019
Fragmento 8
Por último, con relación a que los ahora demandados, se habrían apartado de los lineamientos establecidos en el Auto Supremo 1027/2016, corresponde señalar que ese extremo no fue reclamado en el recurso de casación, por lo que no es posible realizar su compulsa ni realizar mayor argumentación sobre el particular.