ACLARATORIO DE LA SCP 0688/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0688/2019-S2

Fecha: 12-Ago-2019

el estándar

Por las razones expuestas, la Magistrada que efectúa el presente Voto Aclaratorio, considera que la fundamentación de la SCP 0688/2019-S2 de 12 de agosto, debió prescindir del desarrollo de los entendimientos restrictivos de la jurisprudencia constitucional vinculada a las lesiones al debido proceso y la acción de libertad; por cuanto, como se precisó en los párrafos anteriores, actualmente el precedente constitucional en vigor o vigente, es el que acoja el estándar más alto de protección del derecho fundamental o garantía constitucional invocada, que para el tema desarrollado, está contenido en la SCP 0217/2014; por lo que, no debió aplicarse en el análisis del caso concreto, la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 del citado fallo constitucional, sino denegar la tutela por operar la subsidiariedad excepcional en la presente acción de libertad.