La SCP 0040/2019 de 7 de agosto, declaró competente a las autoridades del Cantón Chua Cocani, provincia Omasuyos del departamento de La Paz, para conocer los hechos que dieron origen al conflicto sobre la tenencia de tierras entre Andrés Rodríguez Hu
Fecha: 07-Ago-2019
2)
2) Sumado a lo anterior, como se observa en el Punto 3° de la parte resolutiva de la SCP 0040/2019, no ameritaba exhortar a las autoridades IOC declaradas competentes, de garantizar el “debido proceso” a las partes en conflicto, el cual no se encuentra totalmente justificado, porque como se advirtió anteriormente, en el caso concreto no existen cuestionamientos a las actuaciones o decisiones que hubieran adoptado las autoridades IOC, además que esa exhortación es impertinente, puesto que el debido proceso es un derecho individual construido y garantizado por el derecho positivo siendo propio de la justicia ordinaria occidental y no del sistema jurídico de las NPIOC motivo por el cual resulta innecesaria realizar dicha exhortación.