La suscrita Magistrada tiene a bien aclarar el voto por el cual expresó su acuerdo con la decisión adoptada en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0052/2019 de 21 de agosto, que declara IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad abstracta,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada tiene a bien aclarar el voto por el cual expresó su acuerdo con la decisión adoptada en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0052/2019 de 21 de agosto, que declara IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad abstracta,

Fecha: 21-Ago-2019

acción de inscontitucionalidad abstracta

En la acción de inscontitucionalidad abstracta interpuesta por Senobio Nemecio Claros Andrade, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel del departamento de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley Municipal de Delimitación del Área Urbana del Centro Poblado de “Cesarzama” del municipio de Chimoré –Ley Municipal 53 de 7 de septiembre de 2016–, por ser presuntamente contrario a los arts. 269.II y 270 de la Constitución Política del Estado (CPE).