Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional 0626/2019-S2
Fecha: 01-Ago-2019
b)
b) El Tribunal de alzada en su fallo sostuvo: “Que se deber considerar que las medidas cautelares se aplican tomando en cuenta el principio de proporcionalidad en función al ilícito que se investiga y para la aplicación de la medida cautelar de carácter restrictivo a la libertad se debe cumplir los presupuestos establecidos en el art. 23 núm. 1) y 2) del CPP, es en ese contexto que la imposición de medidas cautelares debe producirse únicamente por la necesidad verificada en caso de que el imputado no se someterá al proceso u obstaculizara la averiguación de la verdad con un análisis integral de las circunstancias…” (sic).