Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S4
Fecha: 28-Ago-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En audiencia pública desarrollada el 22 de abril de 2018 –siendo lo correcto 2019–, la Jueza de Instrucción Penal Séptima del departamento de Oruro –hoy demandada–, dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro de Oruro; por lo que, en la misma audiencia, en uso de la potestad establecida en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), interpusieron recurso de apelación incidental contra dicha resolución, no obstante hasta el momento de haber planteado la presente acción tutelar, la referida apelación no se remitió a la instancia correspondiente ni se avizoró ninguna novedad respecto al movimiento de la causa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas
- III.2 Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.3.
- CONFIRMAR