VOTO DE LA SCP 0654/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DE LA SCP 0654/2019-S2

Fecha: 07-Ago-2019

iii)      Plazo de interposición.

iii)      Plazo de interposición. La acción de amparo constitucional debe ser presentada en el plazo de seis meses computables desde: iii.a) La última actitud renuente del empleador del sector público o privado, quien se niega a cumplir la conminatoria de reincorporación laboral emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo (Por todas,  la SCP 1712/2013 de 10 de octubre[5]), aplicable por contener el entendimiento jurisprudencial más favorable al acceso a la justicia constitucional y materializar el principio pro actione; y, iii.b) El último acto reclamado realizado por la o el progenitor trabajador en procura de la reparación a los derechos, antes de interponer la acción de amparo constitucional.