II.1. Respecto a las conclusiones de la DCP 0063/2019

Al respecto, tanto el primer proyecto de COM, emitido por el ente deliberante, así como el proyecto con modificaciones a los artículos declarados incompatibles por la DCP primigenia 0153/2016 de 1 de diciembre, fueron aprobados por Resolución Municipal y Ley Municipal, respectivamente; entonces, resulta incongruente que ahora, mediante un acta de sesión extraordinaria del Concejo Municipal se pretenda realizar modificaciones a los disposiciones contenidas en una Ley, aspecto que se torna contrario al principio de seguridad jurídica y jerarquía normativa establecidos en la Norma Suprema.