AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2019-RCA

Fecha: 12-Sep-2019

a)

Manifestó que: a) Si bien el acto que lesiona sus derechos se constituye en la notificación con el Auto de Vista de 28 de octubre de 2016, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; empero, el Tribunal de garantías no consideró que el mismo emerge de un proceso penal, por lo tanto es causal o motivo de nulidad que afecta a la garantía del debido proceso y siendo así, antes de plantear una acción de defensa deben agotarse las vías correspondientes; y, b) Luego de conocido ese acto ilegal a principios de año -2018-, habiéndose devuelto el cuaderno de apelación al Tribunal de origen el 9 de febrero de igual año, presentó un primer memorial el cual mereció una respuesta negativa, determinando que acuda al Tribunal que emitió el referido Auto de Vista de 28 de octubre de 2016; posteriormente por escrito de 8 de mayo de 2018, acompañando prueba acudió al Tribunal de alzada pidiendo la nulidad de la notificación del mencionado Auto de Vista, pero por providencia de 9 del citado mes y año, le indicaron estese al proveído de 22 de mayo de 2017 y en todo caso tramite el incidente ante en el Juzgado donde radica la causa, ante lo cual el 24 del mismo mes año, reiteró a dicho Tribunal que se pronuncien de manera fundamentada, instancia que emitió el proveído de 25 de mayo de 2018, refiriendo “ʽEstese al proveído de 22 de mayo de 2017 y 09 de mayo de 2018ʹ, constituyéndose este proveído ultimo de 25 de mayo de 2018 como la última decisión judicial emitida por la SALA PENAL PRIMERA, última decisión judicial que fue notificada al imputado y ahora accionante RUFINO AQUINO QUISPE en fecha 28 de febrero de 2018 en tablero” (sic).