SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

a)

La accionante a través de su abogado, ratificó el memorial de acción de libertad y ampliándolo señaló que: a) El 14 de mayo de 2019, se apersonó a Secretaría del Juzgado de Instrucción Penal Segundo de Quillacollo del citado departamento, con la finalidad de sacar las fotocopias correspondientes que permitieran el armado del cuadernillo de apelación; sin embargo, no se dio curso a lo solicitado, en razón de que el acta de audiencia de cesación de la detención preventiva aún no estaba labrada; b) Se encuentra detenida por más de seis meses, en razón de las constantes suspensiones de audiencias de cesación impetradas al amparo del art. 239.1 del CPP; y, c) La última audiencia en el caso, se efectuó el 7 del referido mes y año y hasta la fecha en la que se interpuso esta acción de libertad -16 de igual mes y año- transcurrieron más de siete días, considerando la carga procesal que pueda existir en el Juzgado aludido, se esperó el plazo razonable de tres días que prevé la jurisprudencia constitucional, pero persiste la demora.