SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2019-S3

Fecha: 11-Sep-2019

a)

Delina Irma Zurita Herbas, Encargada Distrital y Vladimir Gonzales Cáceres, Encargado de RR.HH, ambos del Consejo de la Magistratura Cochabamba, a través de su abogado en audiencia, señalaron: a) La DAF fue quien determinó cancelar el subsidio por dos meses; por lo tanto, el responsable de dicha unidad era el llamado a informar sobre esa decisión, razón por la que existe falta de legitimación pasiva en los demandados; b) Los derechos enunciados por el accionante, no fueron vulnerados por funcionarios dependientes del Consejo de la Magistratura, sino, por la norma legal referida al caso y la vía sería la de control de constitucionalidad a ser interpuesta por la Defensoría del Pueblo por ejemplo. La posición de la institución a la que representa, es cumplir la normativa vigente; por lo que, es manifiesta la improcedencia de esta acción tutelar; y, c) El impetrante de tutela tramitó el certificado de baja, lo que evidencia un acto consentido. Finalmente, solicitaron que se deniegue la tutela.