Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0768/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
Fragmento 11
En consecuencia, corresponde verificar en revision, si los extremos denunciados son evidentes para conceder o denegar la tutela solictada; para ello, se desarrollarán los siguientes temas: i) Los actos consentidos expresamente en la acción de amparo constitucional; y, ii) Análisis del caso concreto.