SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
a)
María Cristina Méndez Herbas, Gerente General a.i. del SINEC, mediante sus abogados, en audiencia, manifestó que: a) El solicitante de tutela, ingresó a trabajar el 1 de septiembre de 2017 hasta el 31 de noviembre de igual año, como personal de servicios; sin embargo, a partir de enero de 2018, se le hizo un contrato escrito de carácter eventual, con vigencia hasta el 31 de diciembre de igual año; fecha en la que llegó a su finalización, por esa razón se le entregó la carta de agradecimiento de servicios, aclarando que Luis Serrate Alberto, trabajó en tres áreas clave del SINEC; Recursos Humanos, Afiliación y Asesoría Legal, en las cuales se administran los contratos, y curiosamente, no existen copias de los contratos eventuales de la gestión 2018, por lo que se presume la intencionalidad de la pérdida de los mismos; y, b) Manifestó que no es posible que se pretenda conceder la tutela en base a datos falsos proporcionados por el accionante; dado que la entidad a la que representa, tiene la certeza de haber suscrito un contrato por tiempo determinado, cuyo plazo culminó el 31 de diciembre de 2018, por esta razón consideran que no existió despido injustificado, es decir, que el contrato escrito que se suscribió, fue sustraído de los archivos de la entidad, donde existía la constancia del carácter eventual del mismo; pese a ello, la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, de manera incorrecta, emitió la Conminatoria de reincorporación, como si se tratara de un contrato indefinido, cuando en realidad no lo es, correspondiendo mantenerlo en su puesto de trabajo, solamente hasta que se cumpla la fecha estipulada en dicho contrato.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR