SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro el proceso penal que les sigue el Ministerio Público; se fijó audiencia de medidas cautelares el 30 de mayo de 2019, a las 17:45, actuado en el cual se pasó en conocimiento de la Jueza, que de la revisión del cuaderno de investigación del Ministerio Público se verificaría la lesión de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, situación que impide que este pueda emitir una imputación formal por la flagrante violación a las reglas relativas a la declaración del imputado en la cual se debe cumplir los requisitos exigidos por ley; toda vez que, dentro de las actas concernientes a este actuado solo se pueden ver las firmas del investigador asignado al caso y del abogado que estuvieron en el acto, no así del Fiscal de Materia que supuestamente hubiese llevado a cabo este importante actuado, transgrediendo de esta manera su derecho a la defensa y al debido proceso vinculado con el derecho a la libertad, situación que es reclamada como un defecto absoluto establecido en el art. 100 del Código de Procedimiento Penal (CPP); empero, fue ignorada por el Juez quien tras mencionar una sentencia constitucional cedió la palabra al Fiscal, indicando que no puede ingresar en el fondo y que solo resolverá sobre la medida cautelar solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR