AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2020-CA
Fecha: 21-Ene-2020
acción de inconstitucionalidad abstracta
La acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Máximo Panti Mamani y Asunta Quispe Alejo ambos Diputados Suplentes de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 23.I respecto a la clasificación en Sectores, el parágrafo II, numeral 2 en la frase “de acuerdo a las características de cada sector económico”, numeral 3 en la frase “De acuerdo a las características de cada sector económico e institucional”, numeral 4 en la frase “por sectores económicos”; 24, 23.I en cuanto se refiere a sectores y clases; 88 en su integridad de la Ley General de Cooperativas -Ley 356 de 11 de abril de 2013-; y, 59.I en la frase “del mismo sector económico y dentro del radio de acción territorial autorizado” del Decreto Supremo (DS) 1995 de 13 de mayo de 2014, por transgredir los arts. 14.II y III, 21.4 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 16.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 3, 22.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).