AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2020-CA

Fecha: 21-Ene-2020

I.1.    Atribución de la Comisión de Admisión

Por su parte, el art. 26.II del referido Código, señala que: “La Comisión de Admisión, en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales, observará, si fuera el caso, el incumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 24 del presente Código, los cuales podrán ser subsanados en el plazo de cinco días. De no subsanarse, la acción, demanda, consulta o recurso se tendrá por no presentada”.