ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0723/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0723/2020-S1

Fecha: 12-Nov-2020

incumplió su obligación

Sin embargo, de manera arbitraria e inhumana, sin orden judicial alguna ni alta respectiva o informe médico, el 28 de marzo de 2020, irrumpieron y le retiraron de la mencionada Clínica en ropa interior, para trasladarlo al Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro de La Paz a 4200 msnm, de manera indefinida y en una ciudad distinta a la que se encontraba cumpliendo la medida cautelar, operación realizada con el pretexto de que su vida y seguridad se encontraban en peligro, contenido en la Resolución Administrativa Penitenciaria 34/2020 de 27 de marzo, cuya notificación vía buzón judicial, recién se cumplió el 30 de marzo de 2020, “… sin que la Juez del Proceso conozca tal decisión por lo mismo incumplió su obligación…”, prevista en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) -Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001-, que le faculta revocar la determinación de traslado, dejándolo en indefensión absoluta y en un inminente riesgo para su salud y vida, más aun cuando una pandemia está acabando con cientos de vidas en el país, tomando en cuenta que sufre de enfermedad de base con el riesgo de sufrir un paro cardiaco, un accidente vaso cerebral o cualquier otra tragedia de salud.

La resolución administrativa penitenciaria, se basó solamente en supuestos informes de inteligencia a los cuales no tuvo acceso ni conocimiento, incumplió la orden de internación por autoridad competente, no considero su estado de salud, el refuerzo de su seguridad, su traslado a otra clínica o centro hospitalario, donde podía tener mejor resguardo, sin poner en riesgo su salud y vida. En esos sesenta y ocho días de ilegal traslado, presento múltiples episodios de crisis, debido a la falta de oxigenación por la altura y su avanzada edad, causando problemas cardiacos; es decir, con la excusa de brindarle seguridad se puso en riesgo inminente su vida y salud.

El 9 de abril de 2020, la Sala Constitucional Primera del departamento de La Paz, le concedió la tutela ordenando que las autoridades del régimen penitenciario lo trasladen a la Clínica Virgen de Lourdes de la ciudad de Santa Cruz, para continuar con su tratamiento e intervenciones quirúrgicas en un plazo de 24 horas, empero pasaron sesenta y ocho días y hasta la fecha no cumplieron la orden, lo cual constituye una desobediencia que persiste pese a tres conminatorias de cumplimiento, persistiendo el riesgo para su salud y vida, que podría terminar en una tragedia.