Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2020-RCA
Fecha: 08-Dic-2020
I.5. Síntesis de la impugnación
Refiere que, concluida la audiencia en la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, se indicó que el informe sería emitido en tres semanas, por lo que ya no se ve afectado el principio de subsidiariedad, al haberse agotado todas las vías administrativas.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- antes de interponer la acción de amparo constitucional, la jurisprudencia constitucional ha determinado que los mismos deben ser los idóneos y efectivos; vale decir, aquellos que se encuentran establecidos por ley para cada situación o caso en particular, no siendo coherente acudir a un medio o recurso legal que se sabe de antemano resultará inviable
- 1)
- CONFIRMAR