Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2020-RCA
Fecha: 14-Dic-2020
Fragmento 4
La impetrante de tutela impugnó la Resolución 09/2020 de 2 de octubre, señalando que: Acude a la jurisdicción constitucional para hacer efectivo el cumplimiento del art. 17 de la LPA, debido a que transcurrieron más de seis meses desde que inició su trámite, plazo dentro el cual el Director del SEDES Pando debía emitir la resolución administrativa.