AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2020-RCA

Fecha: 23-Dic-2020

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 3 de junio de 2020, cursante de fs. 61 a 70 vta., el accionante refiere que, el 11 de junio de 2018, mediante Resolución Suprema fue nombrado segundo secretario de la Embajada de Bolivia en Caracas, Venezuela, lo que dio lugar a la Resolución Ministerial S.E. 027/2018 y Memorándum GM-Me 298/2018, ambas de 22 de junio.

Se trasladó a Venezuela con su esposa e hija, donde se estableció para cumplir con sus funciones, en el trascurso de ello el 27 de septiembre de 2018, informó a la Dirección General de Asuntos Administrativos, que su esposa se encontraba embarazada, habiendo nacido su hija el 1 de abril de 2019; sin embargo, el 15 de noviembre del indicado año, se le hizo conocer la nota de cese de funciones GM-DGAA-URH-NSE-607/2019, que le fue notificada el 19 de ese mes y año; ante lo cual, por Nota Cite: EB.VE.-NSC-303/2019 de 20 de noviembre, la Agregada Comercial informó a la ahora demandada que existían observaciones de índole administrativa en virtud a su inamovilidad laboral por ser padre progenitor, formulando de esa manera recurso de revocatoria.

En ese sentido, el 21 del señalado mes y año, representó la nota de cese de funciones, que fue reiterada en 4 oportunidades, ante lo cual la Cancillería emitió el pronunciamiento definitivo mediante Nota EMBV.EVV-125/2019 de 20 de diciembre, por la cual se le hizo conocer la Nota GM-DGAA-URH-NSE-1003/2019 de 19 de diciembre, que negó la representación de su destitución, manteniendo subsistente la misma.

Luego de su desvinculación se dictó cuarentena total por la pandemia del Coronavirus (COVID-19), por lo que se encuentra en Venezuela, lo que impide que pueda movilizarse del País, siendo obligación del Estado Plurinacional de Bolivia, encargarse de su retorno junto a su familia, empero luego de la arbitraria cesación no se comunicaron para la emisión de pasajes de retorno.