SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2020-S2

Fecha: 15-Dic-2020

III.3.  Análisis del caso concreto

La parte accionante alegó la vulneración su derecho a la petición; señalando que mediante nota de 27 de enero de 2020 solicitó al Banco Fortaleza S.A. se le extienda documentación relativa a boletas de garantías; sin embargo, ante la falta de atención reiteró la misma solicitud a través de nota de 20 de febrero de mismo año, que tampoco mereció respuesta; motivo por el que considera lesionado su referido derecho.

        Del análisis de los antecedentes, se tiene que mediante nota de 27 de enero de 2020, Edwin Barrios Laime en representación de la Empresa “B&Z” Proyectos y Construcciones solicitó al Gerente Regional del Banco Fortaleza S.A. la documentación referente a Boletas de Garantía de Correcta Inversión de Anticipo en el marco del proyecto “Construcción Hospital Segundo Nivel San Lorenzo”, respaldos y trámite para la emisión de estas, restitución y/o depósito de la suma afianzada a favor del Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo por concepto de garantía de correcta inversión de anticipo y la emitida por ese ente municipal con relación a la mencionada boleta de correcta inversión; petición que fue reiterada mediante nota de 20 de febrero de 2020, sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción haya sido atendida.