SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2020-S4
Fecha: 15-Dic-2020
concedió
La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución de 17 de febrero de 2020, cursante de fs. 95 vta. a 100, concedió la tutela solicitada, por estabilidad laboral, disponiendo la reincorporación laboral del accionante, en el plazo y forma establecida de acuerdo al Contrato de Trabajo de Conclusión de Obra, ENDESYC-RCB-(CTO-CC/057-19) CCO- 007CL/2019; al evidenciarse la vulneración de los derechos del impetrante de tutela, dispone el pago de los salarios y beneficios adeudados, los cuales deberán calificados por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz; y se haga conocer a la empresa para su cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral JDTSC/FALF/CONM 58/2019; dejando constancia que la tutela es provisional hasta que las autoridades ordinarias puedan resolver lo que corresponda en derecho; decisión asumida en base a los siguientes fundamentos: 1) Se puso en conocimiento de la empresa ENDE de Servicios y Construcciones., la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/FALF/CONM 058/2019, emitida en favor del hoy impetrante de tutela por existir una destitución laboral sin causal alguna, puesto que rigen principios en materia laboral sobre la inversión de la prueba y la primacía de la relación laboral, mismos que la empresa hoy demandada no tomó en cuenta; y, 2) La primacía de la realidad hace constar de que existió una relación laboral y que no se cumplió con la señalada Conminatoria de Reincorporación dispuesta por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR