AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2020-CA
Fecha: 12-Feb-2020
rechazar
Por Resolución de 20 de enero de 2020, cursante de fs. 101 a 104, el Juez de Instrucción Penal Segundo de Sacaba del departamento de Cochabamba resolvió rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: a) El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia, a la inviolabilidad de domicilio y acceso a la justicia; asimismo, impugna el procedimiento aplicado por la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), argumentos que tienen que ver con el control constitucional vía acción de amparo constitucional; y, b) Refiere que se habría lesionado la garantía de presunción de inocencia y del debido proceso, ambos relacionados al derecho a la libertad del accionante, afirmando que el art. 230 del CPP, sería inconstitucional, cuando el mismo ya fue aplicado en el Auto de 10 de octubre de 2019, al momento de que se determinó la aplicación del procedimiento inmediato, antecedentes que se ajustan a una acción de libertad; por lo que se denota la manifiesta improcedencia de la acción de control normativo.
- Juez de Instrucción Penal Segundo de Sacaba del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazar
- objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR