Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2020-CA
Fecha: 12-Mar-2020
o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia,
Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad, que no sólo desvirtuaría el sentido y alcances de este instituto jurídico, sino que determinaría la producción de una carga procesal injustificada por el uso indebido del recurso, que colapsaría la labor jurisdiccional del Tribunal Constitucional…’” (las negrillas son nuestras).