Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado, dentro del plazo establecido para la emisión del presente Voto Disidente, manifiesta su desacuerdo con la determinación asumida en la DCP 0003/2020 de 4 de marzo, respecto al control previo de constitucionalidad del art. 136 d
Fecha: 04-Mar-2020
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado, dentro del plazo establecido para la emisión del presente Voto Disidente, manifiesta su desacuerdo con la determinación asumida en la DCP 0003/2020 de 4 de marzo, respecto al control previo de constitucionalidad del art. 136 del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de Okinawa Uno, al considerar que debió merecer declaratoria de incompatibilidad expresa por parte de este Tribunal, bajo los siguientes fundamentos jurídico-constitucionales: