Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0112/2020-S2 de 17 de marzo, que determinó
Fecha: 17-Mar-2020
conceder
En tal orden, a criterio de la suscrita Magistrada, el Juez de garantías al conceder la tutela impetrada obró de manera correcta; por lo que, considera que se debió CONFIRMAR la Resolución 133/2020 de “12” -lo correcto es 13- de febrero, cursante de fs. 415 a 418, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Tercero de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.