VOTO DISIDENTE DEL AUTO CONSTITUCIONAL 0065/2020-rca
Fecha: 13-Mar-2020
II.2.
La suscrita Magistrada, expresa su disidencia con el Auto Constitucional 0065/2020-RCA, que confirmó la Resolución de 11 de febrero de 2020, que dispuso la improcedencia de la presente acción de amparo constitucional, porque la accionante no impugnó la Resolución ahora cuestionada, con el argumento que pudo plantear recurso de reposición, conforme establece el art. 368 del CFPF, y que al no haberlo hecho no cumplió con el principio de subsidiariedad.
Al respecto, es evidente que no se consideró en este caso que, precisamente en la fecha fijada para una audiencia -31 de octubre de 2019- el país vivía momentos de conflicto social y bloqueos; por lo que, la autoridad judicial no podía exigir a la demandante de tutela que acuda a esa actuación procesal ante la imposibilidad material anotada, habiendo rechazado inclusive el incidente de nulidad procesal, en el que como descargo se alegaba esa situación.