SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

III.2.  Análisis del caso concreto

         Es así que los peticionantes de tutela denunciaron que fueron ilegalmente aprehendidos el 26 de igual mes y año, aduciendo que no existiría flagrancia y que en su condición de funcionarios públicos los miembros del Consejo de la Magistratura -ahora demandados- no podían aprehenderlos como particulares; por lo que, promovieron la presente acción de defensa, acudiendo a la justicia constitucional.

         En ese contexto, se evidencia que la presunta vulneración a los derechos de los accionantes, a través del supuesto acto lesivo, se habría suscitado en la fase investigativa del proceso penal, y que si bien la acción de libertad es el mecanismo de defensa constitucional idóneo, para protegerlos; la misma está sujeta a determinadas condicionantes que previamente corresponde ser cumplidas, además de criterios de subsidiaridad que deben superarse para su activación, esto con el fin de evitar una desnaturalización de su premisa esencial, limitando en algunos casos el ingreso al fondo de la acción tutelar por parte de los operadores de justicia constitucional, conforme se tiene de los razonamientos descritos en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional.