Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.4.
II.4. Por Circular RR.HH. 09/18 de 14 de diciembre de 2018, suscrita por el Rector y el Director a.i. de RR. HH. ambos de la UMRPSFXCH, se instruyó a los Decanos, Directores, Jefes de Departamento, División y Sección de la citada Universidad, que todos los contratos de trabajo a plazo fijo, por producto, servicios profesionales y consultores por línea, cuya fecha de culminación sea el 14 y el 31 de diciembre del año referido, se sujetarán estrictamente a la cláusula correspondiente a la conclusión del contrato (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- conceder
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR