Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 0181/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
idónea
En tal contexto, de forma previa a ingresar en el análisis de fondo, correspondía conforme a los arts. 129.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y 55.I del CPCo, establecer si la acción tutelar fue interpuesta dentro del plazo de seis meses, computables a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial idónea que agotaba la vía.