SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2020-S4

Fecha: 23-Jul-2020

es evidente que las disposiciones legales, en muchos casos requieren ser interpretadas, considerando el contexto de violencia -estructural y concreta- de la víctima, así como su situación especial de vulnerabilidad

si bien internamente tenemos un adecuado desarrollo normativo; sin embargo, es evidente que las disposiciones legales, en muchos casos requieren ser interpretadas, considerando el contexto de violencia -estructural y concreta- de la víctima, así como su situación especial de vulnerabilidad. Es en ese marco de interpretación, que las autoridades judiciales, el Ministerio Público y la Policía Boliviana, deben tomar en cuenta el enfoque interseccional cuando se trate de víctimas niñas, adolescentes o discapacitadas víctimas de violencia, a efecto de actuar inmediatamente, con prioridad; adoptando las medidas de protección que sean necesarias; y, evitando todas aquellas acciones que se constituyan en revictimizadoras” (las negrillas y el subrayado nos pertenecen).

La jurisprudencia desarrollada precedentemente, otorga una protección constitucional reforzada cuando se trata de personas con discapacidad sobre hechos de violencia en razón de género, garantizando una mayor atención y protección, al pertenecer a un grupo de vulnerabilidad por el riesgo considerable de experimentar violencia ante una evidente condición de desigualdad.